Concesionarios en la mira: multas por transmitir propaganda extranjera bajo nueva ley

Llega al Senado iniciativa que prohíbe propaganda extranjera en medios

La nueva legislación en materia de telecomunicaciones y radiodifusión establece restricciones estrictas sobre la emisión de contenidos financiados o promovidos por actores internacionales. Bajo esta normativa, se considerará como propaganda extranjera cualquier material difundido a través de medios como cápsulas informativas, patrocinios, transmisiones en vivo o anuncios, siempre que estos provengan de gobiernos foráneos, organismos internacionales o individuos de nacionalidad distinta a la mexicana.

Esta medida impacta directamente a los concesionarios de radio, televisión y plataformas digitales, quienes no podrán emitir mensajes de carácter político, ideológico o comercial relacionados con gobiernos u organizaciones extranjeras. No obstante, se permite la divulgación de contenidos culturales o turísticos, siempre que se respete la normativa.

Los concesionarios que incumplan con estas disposiciones enfrentarán sanciones económicas significativas, que van desde el 2% hasta el 5% de sus ingresos totales, según lo estipulado por la ley.

De manera excepcional, la iniciativa contempla que ciertos contenidos extranjeros puedan ser difundidos, más allá de los relacionados con turismo o cultura. Para ello, será indispensable que el concesionario solicite y obtenga una autorización formal por escrito de la Secretaría de Gobernación. Este trámite deberá incluir la identificación del responsable extranjero del mensaje, una descripción detallada del contenido, así como los datos técnicos de su transmisión, como fechas, horarios y canales de difusión.

Una vez presentada la solicitud, la Secretaría contará con un plazo de hasta 10 días hábiles para emitir una resolución.