Inicia registro obligatorio de “datos biométricos” a compañías telefónicas
Por La Gaceta.me 19 Abril 2021
La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, obliga a usuarios a dar diversos datos.
Ciudad
de México, 19 de abril de 2021.- La Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión, en creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que entró en vigor el sábado 17 de abril de 2021, obliga a usuarios de
telefonías móviles a facilitar información personal, tales como huella digital,
reconocimiento facial e iris. En dado caso que no se otorgue dicha información la línea quedará cancelada.
“Con
el objetivo de combatir los delitos que son cometidos a través del uso de teléfonos
celulares, se aprobó reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión, para crear el "Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía
Móvil", expresó el Senado de México.
Alrededor
de 124 millones de consumidores, deberán entregar su información personal para
mantener activas sus líneas y de no hacerlo, éstas serán suspendidas. Las
compañías de telecomunicaciones, por su parte, deberán recabar e ingresar toda
esa información y proporcionarla al Instituto Federal de Telecomunicaciones
(IFT), autoridad que tiene el
mandato de integrar el nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
De
acuerdo a lo establecido por el Congreso de la Unión, ley que aprobaron en
diciembre de 2020 los diputados y en abril de 2021, los senadores, cada línea
deberá facilitar el número telefónico, la nacionalidad, Clave Única de Registro
de Población (CURP), fecha, hora,
nombre completo del usuario o razón
social, en caso de ser persona moral, datos biométricos y si la línea
celular fue contratada en modalidad de pospago o prepago.
“El
registro del número de una línea telefónica móvil en el Padrón Nacional de
Usuarios de Telefonía Móvil, será obligatorio para el usuario, que deberá
proporcionar identificación
oficial, comprobante de domicilio y datos biométricos para la
activación del servicio de la línea telefónica móvil, en términos de lo
establecido en la presente ley y en las disposiciones administrativas de
carácter general que al efecto emita el Instituto Federal de
Telecomunicaciones”, expresó la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión (LFTR).
El
Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), comunicó que la creación del
Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil demandará 109 millones de pesos de su presupuesto anual durante el primer
año para su creación y 88 millones de pesos cada año posterior. A
su vez se contratará a 150 funcionarios
para su realización.