México

Inicia registro obligatorio de “datos biométricos” a compañías telefónicas

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Por La Gaceta.me 19 Abril 2021

La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, obliga a usuarios a dar diversos datos.

Ciudad de México, 19 de abril de 2021.- La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que entró en vigor el sábado 17 de abril de 2021, obliga a usuarios de telefonías móviles a facilitar información personal, tales como huella digital, reconocimiento facial e iris. En dado caso que no se otorgue dicha información la línea quedará cancelada. 

Con el objetivo de combatir los delitos que son cometidos a través del uso de teléfonos celulares, se aprobó reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para crear el "Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil", expresó el Senado de México.

Alrededor de 124 millones de consumidores, deberán entregar su información personal para mantener activas sus líneas y de no hacerlo, éstas serán suspendidas. Las compañías de telecomunicaciones, por su parte, deberán recabar e ingresar toda esa información y proporcionarla al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), autoridad que tiene el mandato de integrar el nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

De acuerdo a lo establecido por el Congreso de la Unión, ley que aprobaron en diciembre de 2020 los diputados y en abril de 2021, los senadores, cada línea deberá facilitar el número telefónico, la nacionalidad, Clave Única de Registro de Población (CURP), fecha, hora, nombre completo del usuario o razón social, en caso de ser persona moral, datos biométricos y si la línea celular fue contratada en modalidad de pospago o prepago.

“El registro del número de una línea telefónica móvil en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, será obligatorio para el usuario, que deberá proporcionar identificación oficial, comprobante de domicilio y datos biométricos para la activación del servicio de la línea telefónica móvil, en términos de lo establecido en la presente ley y en las disposiciones administrativas de carácter general que al efecto emita el Instituto Federal de Telecomunicaciones”, expresó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), comunicó que la creación del Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil demandará 109 millones de pesos de su presupuesto anual durante el primer año para su creación y 88 millones de pesos cada año posterior. A su vez se contratará a 150 funcionarios para su realización.