MORENA tiene un plazo de 48 horas para presentar nuevos candidatos
Por La Gaceta.me 28 Abril 2021
El TEPJF negó las candidaturas de Félix Salgado y Raúl Morón; MORENA tiene un plazo de 48 horas para sustituirlos.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF), otorgó
un lapso de 48 horas al partido Movimiento Regeneración Nacional, para
sustituir a sus candidatos a las gubernaturas
de Guerrero y Michoacán, por la cancelación impuesta por el Instituto Nacional
Electoral (INE), de Félix Salgado Macedonio y Raúl Morón.
Con
la ratificación del TEPJF, de mantener la negativa de registro como candidatos
a Félix Salgado Macedonio al
Gobierno de Guerrero y a Raúl Morón al Gobierno de Michoacán, ahora el
partido deberá presentar a sus nuevos candidatos antes del jueves.
Los
hechos de la cancelación de sus candidaturas, ocurrieron la tarde de ayer martes,
con seis votos a favor y un voto en contra del Magistrado Presidente, José Luis
Vargas. Determinando que Félix Salgado Macedonio, no contenderá por
la gubernatura de Guerrero, toda vez que cometió una conducta dolosa, al
no presentar informe de ingresos y gastos de precampaña; en el caso de
Michoacán, se negó el registro a Raúl Morón por cinco votos a favor y
dos en contra, por el mismo caso de omisión de requisitos.
Magistrados
que votaron a favor, coincidieron en que Félix Salgado, sí fue precandidato a
la gubernatura de Guerrero, hecho que negó constantemente.
“Demuestra
la existencia de dolo directo en la conducta del accionante, al mostrar el
ánimo de no someterse al proceso de fiscalización de los recursos empleados en
la precampaña desplegada, lo que generó que el INE no tuviera posibilidad de
ejercer su facultad revisora de origen del monto y destino de los recursos”,
expresó Mónica Soto Fregoso, Magistrada del TEPJF.
En
el caso de Raúl Morón, candidato de MORENA a
la gubernatura de Michoacán, fue el mismo
caso, al no presentar gastos de precampaña e informes de ingresos, es por tal
motivo que se le negó su candidatura, al tratarse de una omisión.
“En ambos casos se trata de la misma omisión, debe darse el mismo tratamiento, al igual que la calificación de la gravedad que el INE estableció: la conducta llevada a cabo por el partido político fue grave”, expresó Soto Fregoso.