Elecciones

MORENA tiene un plazo de 48 horas para presentar nuevos candidatos

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Por La Gaceta.me 28 Abril 2021

El TEPJF negó las candidaturas de Félix Salgado y Raúl Morón; MORENA tiene un plazo de 48 horas para sustituirlos.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), otorgó un lapso de 48 horas al partido Movimiento Regeneración Nacional, para sustituir a sus candidatos a las gubernaturas de Guerrero y Michoacán, por la cancelación impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE), de Félix Salgado Macedonio y Raúl Morón.

Con la ratificación del TEPJF, de mantener la negativa de registro como candidatos a Félix Salgado Macedonio al Gobierno de Guerrero y a Raúl Morón al Gobierno de Michoacán, ahora el partido deberá presentar a sus nuevos candidatos antes del jueves.

Los hechos de la cancelación de sus candidaturas, ocurrieron la tarde de ayer martes, con seis votos a favor y un voto en contra del Magistrado Presidente, José Luis Vargas. Determinando que Félix Salgado Macedonio, no contenderá por la gubernatura de Guerrero, toda vez que cometió una conducta dolosa, al no presentar informe de ingresos y gastos de precampaña; en el caso de Michoacán, se negó el registro a Raúl Morón por cinco votos a favor y dos en contra, por el mismo caso de omisión de requisitos.

Magistrados que votaron a favor, coincidieron en que Félix Salgado, sí fue precandidato a la gubernatura de Guerrero, hecho que negó constantemente.

“Demuestra la existencia de dolo directo en la conducta del accionante, al mostrar el ánimo de no someterse al proceso de fiscalización de los recursos empleados en la precampaña desplegada, lo que generó que el INE no tuviera posibilidad de ejercer su facultad revisora de origen del monto y destino de los recursos”, expresó Mónica Soto Fregoso, Magistrada del TEPJF.

En el caso de Raúl Moróncandidato de MORENA a la gubernatura de Michoacán, fue el mismo caso, al no presentar gastos de precampaña e informes de ingresos, es por tal motivo que se le negó su candidatura, al tratarse de una omisión.

“En ambos casos se trata de la misma omisión, debe darse el mismo tratamiento, al igual que la calificación de la gravedad que el INE estableció: la conducta llevada a cabo por el partido político fue grave”, expresó Soto Fregoso.