Vender litros incompletos de gasolina sería FRAUDE en la CDMX; este sería su castigo
Por La Gaceta.me 07 Abril 2022
La propuesta plantean castigar a los concesionarios, permisionarios y administradores de gasolineras o gaseras que vendan litros incompletos
Con prisión de 3 a 12 años de prisión plantean castigar a los concesionarios, permisionarios. administradores o personal de gasolineras o gaseras que vendan litros incompletos de combustibles, con independencia de los mecanismos o medios que utilicen.
Se trata de una propuesta de la diputada de Morena, María Magdalena Olivia Esquivel para modificar el artículo 11 bis y adicionar el 389 Ter al Código Penal Federal, en la que se tipifica como fraude la venta incompleta de los combustibles, que también se sancionan con multas de hasta 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización.
La legisladora expresó que se ha encontrado evidencia de que, actualmente los establecimientos mercantiles utilizan una pieza de software que se puede descargar de forma adicional en un programa informático que se denomina “rastrillo, y que se usa en algunas de las gasolineras de manera ilegal”, con el que se puede alterar el volumen entregado; es decir, las máquinas expendedoras señalan un litro, pero entregan cantidades inferiores.
“En tales condiciones, resulta indispensable que se tipifique esta conducta como delictiva en el entendido de que, la integración de carpetas de investigación corresponderá a la competencia de la fiscalía y los órganos jurisdiccionales en caso judicializarse. Es decir, la presente propuesta no es para otorgarle facultades a la Profeco sino para tipificar como fraude a la conducta que aquí se describe”, señala en la exposición de motivos."
Precisó que la iniciativa, no está dirigida a que paguen o se sancione a las personas que trabajan como despachadoras de las bombas de servicio; sino a las encargadas de la administración, mantenimiento e instalación, tanto de las bombas despachadoras como de los artefactos o programas con los que se alteran las cantidades.
La finalidad es proteger a la ciudadanía consumidora directa y a la indirecta que se afecta con el uso y precios de los combustibles y adicionalmente, el mercado nacional de venta de estos. Ahora bien, en consideración del grave daño que se causa a la ciudadanía con tal conducta.
De esta manera, las personas jurídicas serán penalmente responsables, de los delitos cometidos a su nombre, por su cuenta, en su beneficio o a través de los medios que ellas proporcionen, cuando se haya determinado que, además existió inobservancia del debido control en su organización.