Opinion

OTRO CHOQUE AL LEGISLATIVO

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Por Oswaldo Villaseñor 10 Febrero 2019

TRANSICIÓN

Un nuevo choque político-legal entre los tres poderes del Estado en Sinaloa ya toca la puerta. Hay que agarrar localidad y primera fila.


Si se pensó que la tranquilidad política había llegado a Sinaloa tras los acuerdos alcanzados para sacar adelante un presupuesto consensado, la verdad que no es así.


El nuevo motivo que está a punto de provocar otro choque político entre los tres poderes del Estado, es la promulgación y publicación de la Ley de Remuneraciones para Servidores Públicos de Sinaloa.


Una copia fiel, de la ley Federal que ya fue impugnada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos al promover una demanda de Acción de Inconstitucionalidad por considerar que viola derechos de los trabajadores al servicio del Estado y que el Supremo Tribunal de Justicia la declaró improcedente y la suspendió.


Pues bien, todo hace indicar que la misma película vivida y exhibida a nivel nacional se habrá de presentar en Sinaloa también.


Veamos por qué.


1.-El 31 de diciembre por la noche, o sea el mismo día que se aprobó el tan polémico Presupuesto de Egresos para el 2019, también se aprobó la Ley de Remuneraciones para Servidores Públicos de Sinaloa.


Como premisa principal contempla entre otras cosas que ningún servidor público podrá ganar más que el Gobernador del Estado.


2.-En dicha ley, se contempla que quedan fuera de estas nuevas disposiciones, el Poder Legislativo, el Poder Judicial y los Organismos Autónomos Constitucionales, así como aquellos servidores públicos que hayan consagrado derechos laborales anteriores al 2009.


3.-En pocas palabras, los diputados y funcionarios del Congreso del Estado, así como Magistrados y Jueces, sí podrán ganar más que el Gobernador, tal y como ya lo aclaró la presidenta de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado Graciela Domínguez.


4.-Sin embargo, el problema se presenta cuando en el tabulador de sueldos, el Congreso fija salarios máximos a funcionarios prácticamente a discreción y violando derechos consagrados por la constitución.


5.-Ante este escenario, todo indica que el camino seguido por la Ley Federal de Remuneraciones Federal, será el mismo que recorra la Ley de Remuneraciones Estatal.


Hasta donde se sabe, la Comisión Estatal de Derechos Humanos ya recibió quejas de parte de servidores públicos y ha exigido presente una demanda de Acción de Inconstitucionalidad en contra del Congreso del Estado y el Poder Ejecutivo por promulgar y publicar la ley o normas generales impugnadas.


6.-Desde luego, se presume que la Comisión Estatal de Derechos Humanos seguramente habrá de seguir el mismo camino seguido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y habrá de promover esta acción de inconstitucionalidad.


7.-Desde luego también, se está en tiempo y forma para ver si la CEDH se decide a presentar dicha demanda, si se parte, que la publicación de la ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos fue publicado en el diario Oficial del Estado el 25 de enero, entonces se tendría como plazo fatal para presentar la Acción de Inconstitucionalidad el 24 de Febrero. Se estima que pueda ser presentada días antes de esta fecha.


8.-¿Y dónde está el choque político-legal?. Bueno, porque en esa amarrada de manos al Ejecutivo, al fijarle topes salariales, se pudiera observar con claridad, otra vez las mismas manos que pudieron haber movido la redacción del Presupuesto de Egresos donde los ganones eran los mismos que en la Ley de Remuneraciones.


El poder Legislativo y Judicial quedan exentos de los topes fijados a los servidores públicos de la administración pública estatal, e incluso, estos últimos conservarían sus derechos laborales consagrados desde muchos años atrás, o sea, anteriores al 2009.


9.-En fin, primero hay que ver si la Comisión Estatal de Derechos Humanos promueve esta Acción de Inconstitucionalidad –aunque todo indica que si lo hará- y en segundo, que determina el Supremo Tribunal de Justicia de la Nación.


10.-Eso sí, de presentarse dicha acción de inconstitucionalidad, se antoja difícil que en Sinaloa, esta Ley de Remuneraciones pueda correr una suerte diferente a la que tuvo la Ley Federal.


En pocas palabras, todo indica que la podrían suspender también.


Habrá que estar pendientes.


PASO A PASITO. ¿Qué derechos pudiera estar violando la Ley Estatal de Remuneraciones?.


El derecho de igualdad y no discriminación, el derecho de seguridad jurídica, el derecho de una remuneración anual irrenunciable y progresiva a su responsabilidad, el derecho de progresividad entre otros.


Bueno, esos son los que promovió la CNDH y el máximo Tribunal de Justicia de la Nación consideró que sí y Suspendió dicha ley.


¿Pasará lo mismo con la Ley Estatal?.


Ya veremos dijo el ciego.